Incentivos fiscales a la inversión en startups
Son diversas las ventajas fiscales de las que disponen los inversores. Invertir en startups está incentivado por el Estado y de ello se aprovechan muchos inversores. Oriol Cordón, Director de inversiores de Crowdcube España y experto en inversiones, nos presenta esos incentivos a continuación.
Tal y como sucede en algunos países de nuestro entorno, como Francia o el Reino Unido, España también incentiva las inversiones de particulares en startups. Desde el año 2011, la fiscalidad española prevé que los inversores en empresas de reciente creación obtengan deducciones fiscales en su declaración de la renta del 20% sobre el capital invertido, que pueden incrementarse hasta un 30% dependiendo de la Comunidad Autónoma.
A diferencia -por ejemplo- de lo que ocurre con los planes de pensiones, que lo que hacen es deducir la inversión a la base imponible del impuesto, las inversiones en startups y nuevas empresas (empresas de menos de 3 años de vida) tienen una deducción directa sobre la cuota total a pagar en el IRPF del trabajo. Esto hace posible que una misma inversión destinada a una empresa de reciente creación proporciona al inversor un ahorro fiscal mayor en comparación con las aportaciones de igual cantidad realizadas a un plan de pensiones. En cualquier caso, las deducciones están limitadas a 10.000 euros por año y contribuyente.
Además, existen otras desgravaciones autonómicas complementarias a las estatales, que pueden suponer una deducción de hasta 16.000 euros como máximo (incluyendo la parte estatal).
Para incentivar las inversiones en empresas de reciente creación, determinadas Comunidades Autónomas aplican desde el año 2009 una serie de deducciones fiscales sobre la parte autonómica del IRPF. Estas deducciones pueden obtenerse siempre que el inversor tenga residencia fiscal coincidente con la de la empresa invertida.
Adicionalmente, los inversores que obtengan ganancias de capital con sus inversiones en startups estarán exentos de tributar por esas ganancias en el momento de su desinversión siempre que los beneficios sean reinvertidos en el mismo tipo de empresas, lo cual a su vez daría lugar a los incentivos por inversión aquí mencionados.
CASO PRÁCTICO
Un inversor invierte en cuatro empresas de reciente creación -A, B, C y D- con una aportación de 1.000€ en cada una de ellas. Con ello, el inversor accede a los incentivos fiscales a la inversión en empresas de reciente creación, lo cual le genera una reducción fiscal de entre el 20 y el 30% sobre el capital invertido, es decir, de entre 800 y 1.200€, respectivamente.
Con el paso del tiempo, las empresas A, B y C reducen su valor a 0€; si bien el inversor habrá perdido los 1.000 euros invertidos en cada una de ellas, esta pérdida le generará un activo fiscal que podrá usar durante los cuatro años siguientes para compensar estas pérdidas con ganancias en otras empresas. Durante este mismo período de cuatro años, la empresa D aumenta su valor hasta 5.000€, multiplicando por cinco la inversión inicial.
En este supuesto, y a la hora de hacer la declaración de la renta, los primeros 1.000€ de beneficio obtenido en la empresa D estarán exentos de impuestos, porque forman parte del capital invertido. El inversor tampoco pagará impuestos por ganancias de capital por el segundo tramo, de 1.001€ a 4.000€, puesto que podrá compensar las pérdidas que sufrió en las empresas A, B y C, y que en total sumaban 3.000€.
Finalmente, el inversor podrá ahorrarse los impuestos por los últimos 1.000€ si los reinvierte en otras empresas de reciente creación.