
La operadora de moviles Movistar ha sido multada con un total de 43.500 euros por la Agencia Catalana del Consumo (ACC) que le ha impuesto dos sanciones, una por publicidad engañosa de 27.000 euros y otra de 16.500 por cláusulas abusivas o lesivas para los consumidores.
Además, Movistar ha recibido como sanción accesoria la publicidad de esta multa, una medida con la que se quiere garantizar mejor los derechos de los consumidores y evitar que estas prácticas se vuelvan a repetir, según ha asegura el director de la ACCC. Jordi Anguera, en un comunicado.
La multa por publicidad engañosa, de 27.000 euros, se ha impuesto porque con frecuencia la información que se da al consumidor es insuficiente o poco clara, como en el caso de los precios ofertados, en los que Movistar no incluye los impuestos ni el coste de establecimiento de llamada.
Esta sanción también tiene que ver con la indefinición de las ofertas y con la falta de concordancia entre el que se publicita y lo que realmente recibe el consumidor.
La segunda infracción por cláusulas abusivas, por un importe de 16.500€, es por incluir en el contrato condiciones abusivas para los consumidores como la posibilidad de que la empresa ceda la titularidad del servicio sin consentimiento expreso del consumidor y por modificaciones contractuales impuestas por la empresa y comunicadas a los clientes a través de la página web y no a través de comunicación personal.
La telefonía es uno de los sectores, junto con el transporte aéreo, los que más conflictos de consumo genera, y que ya suponen el 30% de todas las denuncias. Telefónica no ha querido hacer declaraciones sobre esta sanción.

